REFORMA LEGAL: EL SENADOR ANTONIO TAVERAS BUSCA MODIFICAR LA LEY 74-25 PARA LIMITAR LAS SANCIONES PENALES CONTRA LA LIBERTAD DE PRENSA Y GARANTIZAR LA IGUALDAD ANTE LA LEY

SANTO DOMINGO.– El senador Antonio Taveras Guzmán sometió una propuesta de modificación a varios artículos de la Ley 74-25 con el propósito de fortalecer las garantías constitucionales de libertad de expresión y de prensa. La iniciativa regulatoria busca adecuar los delitos contra el honor a los principios de legalidad y proporcionalidad, protegiendo de manera directa a los medios de comunicación de sanciones desproporcionadas.

El legislador explicó que la propuesta procura robustecer el Estado de derecho y garantizar una protección mucho más equilibrada de los derechos fundamentales. Con esto se busca evitar de forma taxativa que las disposiciones penales ambiguas o desproporcionadas limiten el ejercicio legítimo de la libertad de opinión, la crítica y el acceso a la información de la ciudadanía.

Desglose técnico de las modificaciones propuestas

La iniciativa legislativa introduce cambios estructurales en la tipificación y sanción de los delitos contra el honor, reconfigurando el esquema de penas actual:

  • Difamación (Artículo 208): Se plantea que solo sea sancionable la imputación pública de hechos falsos que afecten directamente el honor o la reputación de una persona. La propuesta elimina definitivamente las penas de prisión para este delito, sustituyéndolas por multas de tres a ocho salarios mínimos del sector público, además de la correspondiente reparación civil del daño causado.
  • Difamación Extorsiva (Artículo 209): El senador planteó convertir esta figura jurídica en una modalidad de difamación agravada. La propuesta reduce de forma drástica la pena actual de cinco a diez años de prisión, sustituyéndola por una sanción de quince días a un año de prisión menor cuando la difamación sea utilizada para obtener beneficios indebidos o coaccionar a una persona.
  • Injuria (Artículo 210): La modificación busca proteger la libertad de opinión y crítica, reservando la intervención del aparato penal únicamente para conductas graves y dolosas. En este articulado también se eliminan las penas de prisión, estableciendo penalidades exclusivas de tres a ocho salarios mínimos del sector público y la reparación civil.
  • Inviolabilidad de los Medios (Artículo 212): Se propone adecuar este artículo para establecer que ninguna infracción contra el honor o la vida privada pueda dar lugar al cierre de medios de comunicación, suspensión de actividades, revocación de licencias o incautación de equipos. Taveras considera que tales sanciones son incompatibles con la libertad de prensa.
  • Derogación del Ultraje (Artículo 310): El legislador propuso la eliminación total del artículo que sanciona el ultraje a funcionarios o servidores públicos. Argumentó que esta figura otorga una protección penal privilegiada a las autoridades frente a los ciudadanos, limita el escrutinio público y viola el principio constitucional de igualdad ante la ley.

Cuadro de Situación: Comparativa de Penas y Reformas a la Ley 74-25

Artículo Objeto de ReformaMarco Penal Vigente / Tipificación AnteriorPropuesta de Modificación e Impacto Legal
Art. 208: DifamaciónContemplaba penas restrictivas de la libertad (prisión).Eliminación de prisión: Sustitución por multas de 3 a 8 salarios mínimos públicos y reparación civil.
Art. 209: Difamación ExtorsivaSanción severa de 5 a 10 años de prisión de naturaleza mayor.Reducción de pena: Pasa a ser difamación agravada con pena de 15 días a 1 año de prisión menor.
Art. 210: InjuriaContemplaba castigos de prisión en el ordenamiento penal actual.Despenalización parcial: Eliminación de cárcel; solo multas de 3 a 8 salarios públicos y demandas civiles.
Art. 212: Garantía a MediosVulnerabilidad a cierres, suspensiones o incautaciones operativas.Blindaje operativo: Prohibición absoluta de suspender licencias o incautar equipos por delitos de honor.
Art. 310: Ultraje a FuncionariosProtección penal privilegiada y blindaje legal para servidores del Estado.Derogación Total: Eliminación de la figura para garantizar la igualdad ante la ley y el escrutinio público.

Modernización y alineación con los estándares internacionales

De acuerdo con las declaraciones del senador de la provincia de Santo Domingo, las modificaciones planteadas tienen como objetivo principal modernizar el ordenamiento jurídico dominicano. Al despenalizar con cárcel los delitos de palabra, el país se alinea con la Constitución de la República y con los estándares internacionales más avanzados en materia de protección de los derechos fundamentales.

Taveras Guzmán concluyó señalando que este proyecto de ley garantiza una mejor armonización entre el legítimo derecho al honor de los individuos, la libertad de expresión de los ciudadanos y periodistas, y el fortalecimiento democrático del tejido social dominicano.

Sección de Reformas Legales, Libertad de Prensa y Derechos Constitucionales. Santo Domingo, D.N. / Jueves 11 de junio de 2026. Con información fidedigna y oficial correspondiente a las iniciativas legislativas depositadas en el Senado de la República Dominicana.

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