⚖️ CASO FRANCO: EN UN NUEVO JUICIO TRAS LA ANULACIÓN DEL PROCESO DE 2025, UN TRIBUNAL AD HOC DECLARA CULPABLE AL PELOTERO PERO RECHAZA EL PEDIDO DE 5 AÑOS DE CÁRCEL DEL MINISTERIO PÚBLICO PUERTO PLATA, RD — La Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata ratificó la culpabilidad del campocorto de las Grandes Ligas, Wander Franco, al condenarlo nuevamente este lunes por la comisión de abuso sexual y psicológico en perjuicio de una menor de edad, un dictamen que, sin embargo, lo exime de cumplir una pena privativa de libertad dentro de un recinto carcelario. La sentencia es el resultado de la celebración de un juicio completamente nuevo, ordenado por la propia alzada judicial luego de que el Ministerio Público impugnara formalmente el fallo emitido originalmente en junio de 2025, proceso en el cual Franco había sido sentenciado a una pena benigna de dos años de prisión suspendida. Fiscalía exigía 5 años de prisión efectiva En este segundo asalto judicial, los magistrados adscritos a la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, trabajando en perfecta coordinación con la Fiscalía de Puerto Plata, endurecieron su posición legal al solicitar de manera formal una condena de cinco años de reclusión mayor de cumplimiento efectivo. Los órganos persecutores del Estado argumentaron que el expediente acusatorio penal estaba blindado por un fardo probatorio contundente, compuesto por: 📋 Más de 100 elementos de prueba: Un compendio documental complejo que abarcó peritajes psicológicos forenses, testimonios de cargo claves y materiales audiovisuales. 📱 Evidencia digital y financiera: Mensajes de texto, grabaciones de conversaciones y un historial de transferencias bancarias directas de dinero que, según la fiscalía, demostraron de forma inequívoca el vínculo ilegal y de explotación entre el beisbolista de los Rays de Tampa Bay y la adolescente. Estatus Jurídico - Expediente Wander Franco: ├── 📅 JUNIO 2025 ───────> Primera condena a dos años de prisión suspendida (Apelada por Fiscalía). ├── ⚖️ TRIBUNAL AD HOC ──> Integrado por jueces especiales tras anulación parcial del caso previo. └── 🚨 RESOLUCIÓN ACTUAL ─➔ Declarado culpable de abuso, pero eximido de la cárcel (Fallo de mayo 2026). Un tribunal colegiado ad hoc dictó el fallo Dada la anulación parcial que sufrió el litigio original debido a fallos procesales, el conocimiento del expediente desde cero recayó sobre los hombros de un tribunal colegiado ad hoc. Este estrado especial estuvo integrado por los magistrados José Antonio Núñez, Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, quienes validaron la existencia del delito de abuso pero descartaron el ingreso de Franco a un centro correccional. “Hasta el momento de redactar este despacho periodístico, la secretaría del tribunal no ha hecho público el dispositivo íntegro de la sentencia ni el desglose de las medidas restrictivas, de supervisión comunitaria o de conducta obligatoria que le fueron impuestas al pelotero dominicano tras ser beneficiado con la exención de la prisión ordinaria”. — Reporte del Departamento de Prensa Judicial. El controversial caso continúa bajo el estricto escrutinio de la opinión pública nacional e internacional, no solo por la gravedad social y jurídica de las tipificaciones penales imputadas, sino también por el devastador impacto de este historial delictivo sobre la carrera deportiva de Franco en las Grandes Ligas de Béisbol (MLB), donde permanece bajo un limbo contractual millonario. Dirección de Prensa y Comunicaciones, Departamento Judicial de Puerto Plata Puerto Plata, RD / Martes 26 de mayo de 2026. Navegación de entradas Senador Gustavo Lara es elegido miembro del Consejo de ParlAmericas por la región del Caribe para el período 2026-2028 Ciudadanos hacen suyo el Malecón Deportivo; recibe 40 mil visitantes en solo un mes