🏦 REFORMA FINANCIERA: BUSCAN PONER FIN AL “DOLOR DE CABEZA” DE LAS CUENTAS CONGELADAS POR SIMPLES OPOSICIONES Y FIJAR PLAZOS DE CADUCIDAD RELES

SANTO DOMINGO — La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, presidida por el legislador Wandy Batista, sostuvo una reunión técnica de trabajo con el equipo legal de la Superintendencia de Bancos (SB) para acelerar el consenso en torno al Proyecto de Ley que Regula el Embargo Retentivo en la República Dominicana.

La pieza legislativa, de la coautoría de los senadores Antonio Taveras Guzmán y Cristóbal Venerado Castillo, busca corregir distorsiones jurídicas históricas y evitar que un ciudadano o empresa sea privado de la administración de su patrimonio financiero por una presunción o sin la intervención obligatoria de un juez.

Diferenciación clave entre Embargo y Oposición

Durante la sesión de trabajo, celebrada en el Salón Rafael Alburquerque de la Cámara Baja, la consultora jurídica de la Superintendencia de Bancos, Luz Marte Santana, advirtió que la legislación actual adolece de un vacío normativo grave al no diferenciar de manera estricta la figura del embargo retentivo de la figura de la oposición bancaria (utilizada usualmente en procesos de divorcio, disputas de herencias o sucesiones).

“Una tercera persona no puede dictar la suerte del patrimonio de otra, eso no es posible y menos con una simple argumentación sin base documental firme. Esa falta de claridad conceptual ha herido la economía dominicana por muchísimos años, afectando el pago de nóminas en las MiPyMEs”. — Luz Marte Santana, consultora jurídica de la SB.

Los ejes medulares de la reforma al Embargo Retentivo

De acuerdo con las discusiones de la Comisión de Justicia y las recomendaciones técnicas de las autoridades supervisoras del sistema financiero, el nuevo marco normativo se apoyará en tres pilares de protección al cliente bancario:

  • 🛑 Fin de la Presunción: Un tercero no podrá bloquear fondos comerciales o personales con una simple alegación de deuda. Será de carácter obligatorio que un juez de la República determine la existencia real de la acreencia antes de proceder a cualquier retención.
  • 📅 Fecha de Caducidad: Se establecerán plazos estrictos y sustancialmente más cortos para el proceso de embargo. Actualmente, los fondos quedan congelados de forma indefinida, por lo que la ley fijará un término de caducidad automático si la demanda no se ventila en los tribunales.
  • ⚖️ Consecuencias Legales: La legislación tipificará penal y civilmente las consecuencias para quienes incurran en la práctica abusiva de trabar embargos temerarios o injustificados.
Propósito del Nuevo Régimen Legal:
├── 🚫 CERO BLOQUEOS AUTOMÁTICOS ──> Requiere obligatoriamente orden o validación judicial.
├── ⏳ LÍMITE DE TIEMPO DEFINIDO ───> Caducidad automática para evitar congelamientos indefinidos.
└── 💼 PROTECCIÓN EMPRESARIAL ──────> Blindaje a cuentas de nómina y capital operativo de MiPyMEs.

Compromiso de aprobación antes de cerrar el año

El presidente de la comisión, el diputado Wandy Batista, respaldó plenamente los criterios expuestos por los reguladores bancarios y enfatizó que no se puede dilatar la solución de este flagelo comercial a la espera de la aprobación del nuevo Código Civil dominicano.

Batista solicitó formalmente al intendente de Bancos, Julio Enrique Caminero, y al encargado de Litigios de la SB, Ricardo Cornielle, remitir a la brevedad los informes escritos y las matrices técnicas trabajadas por la institución. El legislador oficializó el compromiso político del bloque mayoritario de aprobar la ley antes de la clausura de la presente legislatura en diciembre.

Dirección de Prensa de la Cámara de Diputados de la RD Martes 19 de mayo de 2026.

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