⚖️ INSTITUCIONALIDAD: NELSON NÚÑEZ AFIRMA QUE JURAMENTACIÓN DE LA VICEALCALDESA VIOLA LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY DE MUNICIPIOS SANTO DOMINGO — El presidente de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) y alcalde de Samaná, Nelson Núñez, expresó su más enérgico rechazo ante lo que calificó como un intento de "golpe de Estado" institucional contra el alcalde del municipio de Las Charcas, provincia Azua, Brennis Jonathan Fontañéz Martínez. Según la denuncia, el pasado viernes 15 de mayo, la vicealcaldesa de la demarcación y tres regidores intentaron despojar de sus funciones al ejecutivo municipal electo, valiéndose de un supuesto acuerdo privado de alternabilidad. Los implicados y la trama La denuncia de Fedomu identifica formalmente a las autoridades municipales que ejecutaron la acción ilegal durante una sesión del Concejo de Regidores: Vicealcaldesa: Rocío Elizabeth Sánchez Agramonte (quien tomó juramento de manera irregular como alcaldesa). Regidores: Stiven Abel Báez Terrero, Kelvin Alberto Soler González y Yorbin José Sánchez Guillén. La trama se basó en un "acuerdo de aposento" previo o pacto de renuncia condicionado, mediante el cual los ediles pretendían obligar la destitución del alcalde para colocar a la vicealcaldesa en el puesto. “Fedomu expresa su más enérgico rechazo a esta trama que atenta contra la voluntad popular expresada en las urnas. Esa actuación carece de legalidad y vulnera el principio de autodeterminación de los votantes”. — Nelson Núñez, presidente de Fedomu. Argumentos Legales y Constitucionales El presidente de Fedomu advirtió que la acción tomada por el Concejo de Regidores carece de validez jurídica e institucional, fundamentándose en el marco legal dominicano: Ley de Régimen Electoral 20-23: Establece que la elección popular es soberana. No se reconocen compromisos previos de renuncia pactados antes o durante el proceso electoral; cualquier contrato privado carece de fuerza constitucional si altera la voluntad expresada en las urnas. Ley General de Municipios 176-07: Estipula con claridad que la vicealcaldesa solo puede asumir la titularidad de la alcaldía ante situaciones imprevistas y definitivas: renuncia voluntaria, fallecimiento o inhabilitación judicial, mecanismos que no pueden ser programados ni condicionados por contratos. Mandato de Cuatro Años: Los ciudadanos de Las Charcas eligieron a Fontañéz Martínez en las elecciones de febrero de 2024 para ejercer un período constitucional completo de cuatro años. Fedomu hizo un llamado al orden y al respeto de las leyes vigentes, recordando que las instituciones edilicias deben ser las primeras en modelar el apego a la legalidad y la paz social en sus respectivas comunidades. Dirección de Prensa, Fedomu Domingo 17 de mayo de 2026. Navegación de entradas DNCD frustra envío a EE. UU. y Róterdam de láminas de cocaína ocultas en carpetas Edesur invertirá RD$237.7 millones en construcción de subestación eléctrica Cruce de Cabral