SALUD OCUPACIONAL: LA RESOLUCIÓN 09-26 CLASIFICA LOS BOTIQUINES POR NIVEL DE RIESGO E INCORPORA DESFIBRILADORES (DEA) EN EMPRESAS DE GRAN TAMAÑO

SANTO DOMINGO, D.N.– El Ministerio de Trabajo emitió formalmente la Resolución Núm. 09-26, una normativa de estricto cumplimiento que obliga a todas las empresas del territorio nacional a reestructurar sus sistemas de atención de emergencias internas. La medida, firmada por el ministro Eddy Olivares Ortega, actualiza de forma integral los estándares de prevención de riesgos laborales y sustituye por completo la antigua Resolución 03-2019, alineando el marco legal dominicano con los convenios internacionales de salud ocupacional.

La nueva regulación impone la obligatoriedad de instalar botiquines de primeros auxilios en cualquier establecimiento que cuente con dos o más trabajadores, condicionando el volumen y tipo de insumos a la cantidad de personal y al nivel de peligrosidad de las operaciones de cada empresa.

Nueva tipificación de botiquines y exigencias de infraestructura

Una de las innovaciones críticas de la Resolución 09-26 es la clasificación estandarizada del equipamiento de emergencia en tres categorías específicas, diseñadas para evitar el desabastecimiento o la obsolescencia de materiales médicos:

  • Botiquín Tipo A (Bajo Riesgo): Destinado a oficinas comerciales, empresas de servicios y entornos administrativos con baja probabilidad de siniestralidad física.
  • Botiquín Tipo B (Riesgo Intermedio): Diseñado para comercios medianos, centros de distribución y centros de trabajo con manipulación moderada de cargas o maquinaria.
  • Botiquín Tipo C (Alto Riesgo): Obligatorio para complejos industriales, constructoras y empresas donde coexistan factores de riesgo que puedan provocar traumas graves o accidentes fatales.

Asimismo, la pieza jurídica prohíbe de forma tajante la inclusión de medicamentos e insumos médicos que promuevan la automedicación o que se consideren obsoletos según las autoridades sanitarias. Para las empresas que concentren una nómina de 100 o más trabajadores por turno, se exige la habilitación de un puesto de primeros auxilios físico, de fácil acceso y equipado con un Desfibrilador Externo Automático (DEA).

Capacitación del personal y plazos de adecuación

El Ministerio de Trabajo endureció los requisitos de capital humano asignado a las contingencias operativas. A partir de la entrada en vigor de la resolución, las empresas deberán contar con al menos un empleado certificado en primeros auxilios por cada 50 trabajadores o fracción, cuya formación técnica y acreditación médica tendrá que renovarse obligatoriamente cada dos años mediante simulacros institucionales.

Las autoridades regulatorias otorgaron un plazo improrrogable de seis meses para que el sector empresarial adecúe sus plantillas y áreas físicas a estas exigencias. La fiscalización regular de los botiquines y los puestos médicos estará bajo la responsabilidad coordinada de la Inspección de Trabajo, el Viceministerio de Seguridad y Salud en el Trabajo, y las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).

Matriz de Regulación: Clasificación y Requisitos de Emergencia Laboral

Tipo de Estructura / BotiquínEscala de Personal ObligatoriaDotación Exigida de InsumosPlazo de Ajuste e Inspección
Botiquín Tipo ADesde 2 empleados en adelante.Material de curación básico, antisépticos y soluciones limpias.6 meses de plazo para adecuación general.
Botiquín Tipo BEmpresas de riesgo intermedio.Insumos de estabilización, vendas de soporte y protección cutánea.Monitoreo a cargo de la Inspección de Trabajo.
Botiquín Tipo CIndustrias de alto riesgo físico.Kits de trauma complejo y estabilizadores de emergencia industrial.Fiscalización coordinada con las ARL.
Puesto de Auxilio + DEA100 o más trabajadores por turno.Infraestructura de acceso rápido, camillas y desfibrilador (DEA).Certificación de personal cada dos años (1 por cada 50).

Sección de Derecho Laboral, Seguridad Ocupacional y Políticas de Prevención. Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D. – Sábado 20 de junio de 2026. Reporte normativo elaborado a partir del texto oficial de la Resolución Núm. 09-26 dictada por el despacho del ministro de Trabajo y los manuales de inspección de la Dirección de Comunicaciones de la institución.

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