LITIGIO DE TELECOMUNICACIONES: EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL DECLARÓ SU INCOMPETENCIA MATERIAL, CONFIRMANDO QUE LA DISPUTA SOBRE LA FRECUENCIA ASIGNADA A FRANASYL Y ACD-MEDIA CORRESPONDE AL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO.

SANTO DOMINGO. – El empresario Juan Ramón Gómez Díaz, presidente del grupo Telemicro (Corporación de Televisión y Microondas Rafa S.A.), sufrió un nuevo revés judicial en sus pretensiones de suspender la transmisión del canal 3 virtual, cuya asignación de frecuencia fue otorgada por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) a la empresa Franasyl S.R.L., operada por la plataforma ACD-Media que encabeza el periodista Dany Alcántara.

Mediante la Ordenanza Civil Núm. 504-2026-SORD-159, de fecha 14 de julio de 2026, la jueza de los Referimientos de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Rosa Evelyn Fermín Díaz, declaró la incompetencia de dicho tribunal para conocer la demanda interpuesta por Telemicro contra las empresas Altice Dominicana, Claro Dominicana, Franasyl S.R.L., ACD-Media y 14 TV S.R.L.

Fundamentos jurídicos de la decisión

La magistrada dictaminó que la litis versa sobre "un asunto de naturaleza estrictamente contencioso-administrativa", por lo que remitió a las partes a dirimir el conflicto ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), órgano competente para pronunciarse sobre las ejecutorias y resoluciones dictadas por los entes reguladores del Estado.

Durante la audiencia celebrada el 16 de junio de 2026, la defensa técnica de las partes demandadas interpuso la excepción de incompetencia material, argumentando que la disputa de fondo sobre la titularidad del canal 3 virtual ya se encontraba bajo la jurisdicción del TSA.

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Antecedentes de la asignación del espectro

La controversia se remonta a finales de 2024, cuando el Consejo Directivo del INDOTEL emitió las siguientes disposiciones:

  • Resolución 132-2024 (14 de noviembre de 2024): Asignación formal de la frecuencia del canal 3 virtual en favor de Franasyl S.R.L.
  • Resolución 143-2024: Otorgamiento de la licencia de operación correspondiente.

Tras la impugnación realizada por la representación legal de Telemicro, el Tribunal Superior Administrativo convalidó las actuaciones del órgano regulador en diciembre de 2025 a través de la sentencia 0030-04-2025-SEN-00740, ratificando las facultades legales del INDOTEL en la administración del espectro radioeléctrico nacional.

Ficha Técnica de la Disposición Judicial

ComponenteDetalle de la Solución Procesal
DemandanteCorporación de Televisión y Microondas Rafa S.A. (Telemicro)
DemandadosFranasyl S.R.L., ACD-Media, Altice, Claro, 14 TV S.R.L.
TribunalCámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del DN
DecisiónDeclaratoria de incompetencia material (Ordenanza 504-2026-SORD-159)
Jurisdicción CompetenteTribunal Superior Administrativo (TSA) / Mantenimiento de INDOTEL

By Sandy Bismark

Estudiante de termino de Lic. en Comunicación Social en la Universidad O&M, reportero en exteriores, Periodista de planta en Revista Quisqueya.

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